Bebidas lácteas y lácteos: debate sobre sus diferencias

Miércoles, 16 Octubre 2019

 

Por Dra. Claudia Albrecht

Docente-coordinadora de la asignatura “Tecnología de productos lácteos” en la Maestría en Ciencia y Tecnología de los Alimentos (FCQ, UNC). CenINH Escuela de Nutrición (FCM, UNC). Investigadora asistente INICSA-CONICET.
 

 

En octubre de 2018 el Centro de la Industria Lechera Argentina (CIL) presentó una nueva propuesta referida a la incorporación de los Artículos 578 y 578 bis sobre Bebidas Lácteas y Polvos para preparar Bebidas Lácteas, en el Capítulo VIII del Código Alimentario Argentino (CAA) “Alimentos Lácteos”. 

Las bebidas lácteas son por definición productos lácteos compuestos ya que incluyen en su formulación una cantidad mayoritaria de ingredientes lácteos, diferenciándose claramente de otros productos alimenticios que pueden tener ingredientes lácteos minoritarios.

El Artículo 578 quedó redactado como sigue: “Se entiende por Bebidas Lácteas los productos obtenidos a partir de la leche y/o leche reconstituidas y/o leches fermentadas y/u otros derivados de origen lácteo, con o sin el agregado de otras sustancias alimenticias y en los que el contenido de ingredientes de origen lácteo es como mínimo del 51% (m/m) de la totalidad de los ingredientes del producto listo para consumo".

Cuando ese 51% de ingrediente lácteo es leche, se admite la denominación: “Bebida de Leche” o “Bebida a base de Leche” además de “Bebida Láctea”.

Respecto de las características nutricionales solo se regula que dichos productos deberán tener un contenido mínimo de proteínas lácteas de 1 g/100 g en el producto final listo para consumo, para asegurar el origen lácteo del ingrediente principal.

 

Principales cuestionamientos a partir de su inclusión en el CAA:

  • Calidad nutricional-efectos en salud: este aspecto es relativo y depende de la composición completa del producto de que se trate, el alimento de referencia con el cual se compare y el consumidor al que está destinado. No deja de ser una variante más de los innumerables productos lácteos que existen.

 

  • Grises legales: si bien el CAA es claro en cuanto a las características y denominaciones de estos productos, habitualmente desde el sector comercial se logra trabajar en los márgenes que permiten cumplir con la reglamentación, pero confundir al consumidor, para mantener las ventas y es ahí donde surge el problema principal: la publicidad y el etiquetado engañoso.

 

  • Etiquetado ambiguo-publicidad engañosa-estrategias de marketing: el rótulo del producto es el nexo entre productor y consumidor, y muchas veces lo que define la compra por parte del consumidor. Cuando la información vertida en él no es clara, sea por que se destacan palabras claves –por ejemplo, “leche”- se usa tipografía pequeña para las frases que no se pretenden resaltar o se emplean imágenes engañosas, el consumidor no puede elegir de manera informada y con certeza lo que está comprando. Por consiguiente, termina adquiriendo un producto que no es el que buscaba o necesitaba.